¿Qué mecanismos de concentración empresarial considera la legislación vigente en el Perú? Y ¿Cuál considera usted la mejor alternativa? Fundamente su respuesta. Sus respuestas hasta el día 28 de octubre.
Genera en mí. El deseo de indagar vehementemente con el fin de absolver de la mejor forma, fundamentando cada acepción que yo pueda impartir el dia de hoy. En este sentido, espero que la información obtenida, cubra totalmente las cuestiones planteadas por Usted Profesor Edison Ely Luna Risco; Y a la vez manifestarle mi estima hacia su persona... agradeciendo de antemano la atención brindada al presente.
Quisiera entablar las respuestas no sin antes propalar el siguiente axioma, obtenido en merito a mis conclusiones elaboradas como consecuencia de mi investigación: "LA UNION HACE LA FUERZA". Cito aquel enunciado o frase tan usual y conocida , por que bajo esta percepción, podemos atribuir una definición de CONCENTRACION EMPRESARIAL, logrando de esta manera tener base para poder analizar las distintas formas de reorganización que las empresas realizan para no quedarse estancados en el tiempo y aislados de la tan asombrosa corriente económica globalizada que estamos viviendo. La concentración empresarial es un fenómeno económico, que consiste en la unión de dos o mas empresas, con el fin de perseguir objetivos comunes; entendiéndose que esto implica la cohesión de recursos (capital, activos fijos, mano de obra. etc). Existen dos modalidades de de concentración empresarial: 1.- CON PERDIDA DE LA PERSONALIDAD JURIDICA, teniendo como mecanismo la FUSIÓN, en sus formas (absorción y creación) 2.- SIN PERDIDA DE LA PERSONALIDAD JURIDICA, como lo son LAS UNIONES DE EMPRESAS, LAS RELACIONES DE COORDINACION, que a su vez pueden ser:El cartel, Pool aeronautico, Consorcio, Asociación en participación, El Joint Venture y El grupo de interes económico. y Por ultimo tenemos LAS RELACIONES DE SUBORDINACIóN. No obstante nuestra legislación Peruana, ley 26887; tan solo toma en cuenta la FUSIÓN, ESCISIÓN, CONSORCIO Y ASOCIACIÓN EN PARTICIPACION, excluyendo de esta manera las demas abarcadas en lineas precedentes. Atendiendo a la segunda pregunta, puedo manifestar lo siguiente: La mejor alternativa de las formas de concentración empresarial es el CONSORCIO, debido a la naturaleza que tienen estos, generando beneficios que las demás no pueden ofrecer, por que su ordenamiento jurídico no las proporciona. En primer termino considero que los consorcios surge por la agrupación de varias empresas con el objetivo de desarrollar una actividad que depare beneficios para todas. Es decir, estos acuerdos permiten concretar inversiones y llevar a cabo obras que, por separado, ninguna compañía podría ejecutar. Es importante mencionar que en este tipo de contrato, los bienes que los miembros del consorcio afecten al cumplimiento de la actividad a la que se han comprometido siguen siendo de propiedad exclusiva de éstos, es decir que, a diferencia de lo establecido en el contrato de asociación en participación, no se presume que la propiedad de los bienes aportados corresponda al asociante (el quien aporta). Otra ventaja que puedo vislumbrar es que en un consorcio, cada empresa mantiene su autonomía e independencia, vale decir que mantiene su personalidad jurídica. Por eso no hay que confundir la noción de consorcio con el concepto de fusión, donde la unión de las empresas implica el fin de la existencia individual de cada una de las participantes. Y como ultima característica que corrobora que esta es la mejor opción para la concentración empresarial, es que los consorcios aportan ventajas competitivas ya que los gastos y los costos son compartidos por sus participantes.
Es así como fundo mi alegato bien estructurado, extendiendo características puntuales que permiten contemplar las múltiples ventajas que tienen los CONSORCIOS en el PERU, en efecto esto permite a que muchos empresarios peruanos obtén por este tipo de concentración empresarial, generando en ellos desarrollar sus empresas y ser mas competitivo. Siguiendo ESTa orden de ideas quiero citar algunos consorcios reales existentes en nuestro Perú: PerúEléctrico ATEM-LIMA, CONSORCIO PERÚMUEBLE-LIMA, PERUVIAN BIO CONSORTIA, LIMA TEXTIL ARTE ANDINOAREQUIPA, INKA’SEXPERIENCE –CUSCO, IIRSA NORTE, estos ejemplos, indudablemente acreditan mi alegato...
Ante todo recibe un cordial saludo de mi persona estimado profesor; y al mismo tiempo poner en manifiesto respecto a la pregunta planteada: Para que sea mejor el entendimiento al tema nº 2 quiero empezar definiendo acerca lo que es una concentracion empresarial, pues bien es aquel fenomeno por el cual dos o mas empresas convienen en unir esfuerzos y recusos (economicos, humanos, etc...)para obtener un beneficio comun.Por ejemplo podemos citar entre ellos las sociedades por participaciones, consorcios, corporaciones, fusiones, tranformaciones, etc... Ahora bien despues de conocer el significado; a mi perspectiva o punto de vista el mecanismo de concentracion empresarial que considera la legislacion vigente en el peru son las FUSIONES, ya que consiste en que dos o más sociedades se unen a efectos de que una de ellas se incorpore a la otra, o se cree una nueva sociedad, buscando mayor precisión. pues de eso se trata buscar mejores condiciones para el beneficio de la empresa asi como tambien propios y facilita el desarrollo y progreso de una nueva era de transacciones de negocio.
Docente Edison luna risco reciba un cordial saludo, con respecto al planteamiento. Para esto es conveniente estudiar el derecho societario dentro de la concentración empresarial para hacer perspectivas por ramas del derecho involucradas con el mismo. al cual sólo tiene en cuenta temas o instituciones como son la FUSIÓN, ESCISIÓN, CONSORCIO Y ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN. En tal sentido excluyendo de la misma otros casos como son el joint venture, grupos de empresas, cartel y pool. Por lo cual afirmo que el tema conocido como concentración empresarial extralimita el campo de estudio de la legislación societaria peruana, en tal sentido para estudiarlos debemos recurrir a otras ramas del derecho como son el derecho de la empresa. Es decir, la legislación societaria deja al margen varios supuestos de concentración empresarial, los cuales en todo caso son estudiados por la doctrina no sólo nacional sino también extranjera. Desde mi posición remarco que la mejor alternativa es un consorcio. Fundamento esto con el artículo 445 y 48 de la ley N° 26887, el primero menciona un contrato de autonomía propia y de interés común. El segundo No genera una persona jurídica nueva, debe constar por escrito y no está sujeto a inscripción en los Registros Públicos.
Estimado docente Edinson luna Risco,reciba usted un cordial saludo de mi parte. Cumpliendo con mi responsbilidad de estuante pongo de manifiesto mi parecer con respecto a lo planteado en el tema Nº2:
Primeramente creo que es de vital importancia tener en claro lo que es LA CONCENTRACIÓN EMPRESARIAL; Pues es el proceso económico con efectos jurídicos, mediante el cual dos o más empresas o sociedades unen sus recursos o activos para la consecusión de objetivos comunes.Ahora bien, los mecanismos de concentración empresarial que considera la legislación vigente en el Perú son las siguientes:FUSIÓN, ESCISIÓN, CONSORCIO Y ASOCIACIÓN EN PARTICIPACION.Claro está que existen muchas otras que algunos de los compañeros lo han mencionado; pero que la ley Nº 26887 no las considera.Por ende, después de haber analizado cada uno de estos mecanismos, me atrevo a decir que la mejor alternativa dentro de estos mecanismos de concentración empresarial es el CONSORCIO; debido a que en ella las empresas llegan a un acuerdo cuyo objetivo principal es desarrollar una actividad económica que va a resultar en rendimientos para todas y cada una de ellas,pero sobre todo mantiene su autonomía y su personalidad jurídica, lo que quiere decir que no dan origen a una nuva. El cual es justamente lo que le difrencia de una FUSIÓN .Cabe recalcar también que otra de las ventajas de esta figura jurídica la encontramos en el hecho que facilita la realización de negocios de gran envergadura cuyo objeto es la realización de una obra, la prestación de un servicio o el suministro de ciertos bienes. att.Isabel romero saavedra
DISTINGUIDO DOCENTE Y CONTADOR EDISON LUNA RISCO, RECIBA UN CORDIAL SALUDO DE MI PERSONA, SEGUIDAMENTE REALIZARE MI OPINION A DICHA INTERROGANTE,A HABLAR DE CONCENTRACION EMPRESARIAL O CONCENTRACION DE LA EMPRESA, SE ESTARIA HACIENDO MENCION DE UN TEMA BASTANTE IMPORTANTE DENTRO DEL DERECHO EMPRESARIAL, YA QUE VIENE HACER UNA FORMA DE REFLOTAR UNA EMPRESSA POR ESTE MECANISMO O PROCESO CONOCIDO YA MENCIONADO,YA QUE LA MISMA PERMITIRA SALVAR A LAS EMPRESAS EN CRISIS PARA CONVERTIRLAS EN EMPRESAS VIABLES ES CLARO QUE SON SUPUESTOS DEL MISMO LOS consorcios, clusters, pool,asociación en participación, joint venture, sindicatos de socios de empresa, corporaciones, fusiones, etc.A MI PUNTO DE VISTA EL MECANISMO DE CONCENTRACION EMPRESARIAL EN EL PAIS SON LAS TRANSFORMACIONES POR FUSIONES, POR LA CUAL SE UNEN DOS O MAS EMPRESAS,SOCIEDADES CON EL OBJETIVO DE UNA MEJORA EN SUS RENTABILIDADES O MEJORES BENEFICIOS, DESARROLLO.
Ante todo un cordial saludo para todos los visitantes a este blog.
La legislación vigente en el Perú considera diversos mecanismos de concentración empresarial. Concentración empresarial. Se define en el contexto empresarial (como la fusión y el cártel) o también (como el grupo de empresas y el grupo de interés económico), entre los mecanismos de concentración se tiene. Fusión, escisión, el consorcio y la asociación en participación, contratos asociativos aquellos que permiten la integración empresarial para el mejor desarrollo de diversas actividades económicas. Una de las mejores alternativas de concentración empresarial. lo considero a un consorcio, ya que cada empresa mantiene su facultad e firmeza, es decir que conserva su personalidad jurídica. Ya que Los gastos de cualquier iniciativa comercial se comparten. Disminuye el riesgo y aumenta el éxito de la promoción comercial. Aumenta la posibilidad de ofrecer un amplio número de productos. Mayor poder de negociación frente a los compradores. Posibilidad de optar a la concesión de ayudas públicas...
Querido profesor muy tardes y con el debido respeto que se merece mi respuesta es la siguiente: LOS MECANISMOS DE CONCENTRACIÓN EMPRESARIAL SE DA: Pues bien en el artículo 11 del ALME sostiene que el Estado promueve la descentralización de empresas como un mecanismo para el desarrollo económico integral del país. Y el artículo 13 de la misma propuesta legislativa prescribe que la empresa podrá concentrar sus actividades en un solo establecimiento o desconcentrarlas en otros y que, además, podrá organizarse formando grupos empresariales. Apréciese que el sentido de ambos articulados es reafirmar la aceptación jurídica de la teoría concentracionista, empero (al igual que en otros casos) resultan ser abstractos y restrictivos. Dichos artículos son abstractos porque se refieren, en primer lugar, a la descentralización de empresas y, en segundo término, a los grupos empresariales de mercados especializados o integrales cuando lo pertinente es aludir a la concentración empresarial (como institución jurídica recogida por el Derecho de la Empresa contemporáneo) y los grupos de empresas en general (subsumiendo a los homogéneos, los plurales y los heterogéneos). Y el carácter restrictivo se avizora cuando sólo se pronuncia sobre la sucursal, olvidándose de la empresa holding, la matriz y la subsidiaria o filial.
Profesor Edison tenga usted un buen día, según mi criterio con respecto a la pregunta, primeramente como ya sabemos que para obtener mecanismos de concentración empresarial se requiere incorporar esfuerzos, conocimientos, capitales y trabajo. De esta manera defino a la concentración empresarial como una figura de raíz económica y con consecuencias jurídicas mediante la cual dos o más empresas integran sus recursos (económicos, humanos, etc.) a efectos de conseguir un beneficio común. Ahora bien, pueda ser que para alcanzar dicho crecimiento corporativo no importe sacrificar la autonomía jurídica de las empresas participantes o que, por el contrario, quiera lograrse el crecimiento pero conservando la autonomía, dando origen a las fusiones y a las uniones de empresas, respectivamente. En este último caso, es posible establecer relaciones de coordinación (como el cártel, el pool aeronáutico, la asociación en participación y el consorcio) o relaciones de subordinación (lo que se conoce como grupo de empresas). Desde mi punto de vista la mejor alternativa seria un consorcio ya que en ella una serie de empresas buscan desarrollar una actividad conjunta de comercialización, mediante la creación de una nueva sociedad encargada de estudiar nuevos mercados, así como promocionar, financiar y comercializar al conjunto de empresas. Es importante recordar que cada socio mantiene su independencia jurídica. Está modalidad suele darse entre empresas del mismo sector que elaboran productos o servicios complementarios. Y de esta manera obtener múltiples ventajas como disminuir el riesgo y aumentar el éxito de la promoción comercial también aumentar la posibilidad de ofrecer un amplio número de productos. Mayor poder de negociación frente a los compradores y la posibilidad de optar a la concesión de ayudas públicas.
Buenas tardes profesor, pidiendole disculpas por el retraso le hago llegar un respetuoso y amigable saludo, para proponerle la siguiente respuesta. a la concentrasion de empresas se lo puede denominar como un fenómeno por el cual dos o más empresas convienen en unir esfuerzos y capitales para obtener un beneficio común" y dentro de la clasificacion de mecanismos de concentración empresarial considerados en la legislación vigente en el Perú tenemos. 1. CON PERDIDA DE LA PERSONALIDAD JURIDICA 1.1.LA FUSION 2.SIN PERDIDA DE LA PERSONALIDAD JURIDICA 2.1.LAS UNIONES DE EMPRESAS 2.2.LAS RELACIONES DE COORDINACION. 2.2.1.EL CARTEL 2.2.2.EL POOL AERONAUTICO 2.2.3.EL CONSORCIO 2.2.4.LA ASOCIACION EN PARTICIPACION 2.2.5.EL JOINT VENTURE 2.2 6.EL GRUPO DE INTERES ECONOMICO 2.3.LAS RELACIONES DE SUBORDINACION 2.3.1.EL GRUPO DE EMPRESAS. teniendo en claro esta clasificaion, el mecanismo mas conveniente a mi parecer es la FUSION, que no viene a ser otra cosa mas que un medio típico de concentración empresarial, orientada a la más alta reorganización de la empresa y con la cual se unifican patrimonios, titulares y relaciones jurídicas. Ultimamente se han realizado varias operaciones que han sido tildadas de "megafusiones", entre las cuales podemos citar la fusión entre los laboratorios suizos Sandoz y Ciba que, desde diciembre de 1996, forman parte de la firma Novartis, la que se erige como la mayor corporación farmacéutica del mundo; y la otra megafusión que nmos deve interesar más es la que se dio entre las empresas peruanas de Cervecería Backus y Johnston, Compañía Nacional de Cerveza, Cervecería del Norte y Sociedad Cervecera de Trujillo que, desde diciembre de 1996, conforman la Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston, líder en el mercado cervecero peruano.
La acogida mundial que ha tenido y mantiene la fusión se debe a las ventajas que encierra, por lo que no es de extrañar que estos tiempos se clifiquen como "un siglo de fusiones y adquisiciones". Como primera ventaja sostendremos que facilita la concentración empresarial, una finalidad importante desde la perspectiva jurídica; así, esta es una alternativa muy sugiriente ya quenos da crecimiento, tambien la conservación del capital de inversión y el control estas son muchas de las razones que motivan una fusión, todas las cuales resultan ser manifestaciones de la concentración empresarial. En segundo término, permite acogerse a beneficios tributarios. buscando la consolidación de las empresas para que puedan competir en el mercado tanto interno como externo.La tercera razón que alienta las fusiones es su versatilidad, puesto que la utilización de ella es factible en la mayoría de las actividades económicas, tanto en producción o comercialización de bienes como en prestación de servicios. No obstante lo acotado, hay que considerar que la fusión exige respeto mutuo entre las empresas fusionadas y capacidad de integración, lo que no siempre es fácil de conseguir; precisamente por ello han fracasado varias operaciones internacionales, como las fusiones entre Texaco y Chevron. pero esto es solo uno de los pocos fracasos que se encuentran en esta alternastiva, mas son los beneficios y mas las empresas que tenieron mas desarrollo con la FUSIOn de empresas. gracias...
Ante todo profesor reciba un cordial saludo de mi persona y con respecto a la pregunta mi opinión es que en primer lugar sabemos que la concentración empresarial5 es un fenómeno económico complejo que ha sido aprehendido por la ciencia jurídica. Dentro de ella encontramos instituciones tan antiguas y arraigadas en el contexto empresarial (como la fusión y el cártel) hasta algunas más recientes y novedosas (como el grupo de empresas y el grupo de interés económico), pasando por otras que gozan de gran aceptación en diversos países (como el consorcio y la asociación en participación) el avance de las comunicaciones, el desarrollo tecnológico y la evolución de los medios de transporte conlleva a la masificación de la oferta, la conquista de nuevos mercados y el aumento desmesurado de la demanda. El empresariado debe acoplarse a tal escenario y, para tal cometido, se requiere unir capitales y trabajo Esto es la concentración empresarial mediante la cual dos o más empresas integran sus recursos: económicos, humanos, a efectos de conseguir un beneficio común. Y la mejor alternativa q considero es que para que nuestro país sea uno de los mejores en el ámbito empresarial el empresario debe ver que la forma de poder mejorar es unir las fuerzas con otros empresarios o empresas. Ahora bien, pueda ser que para alcanzar dicho crecimiento corporativo no importe sacrificar la autonomía jurídica de las empresas participantes o que, por el contrario, quiera lograrse el crecimiento pero conservando la autonomía, dando origen a las fusiones y a las uniones de empresas, respectivamente., eso es todo en cuanto ami respuesta espero satisfacerle.
En primer lugar permítame darle mi mas cordial y respetuoso saludo profesor Edison Luna y al mismo tiempo agradecerle por la ardua enseñanza que nos brinda.
Con respecto a la pregunta plateada, hacer mención que el fenómeno económico de la globalización nos trae a la empresa como “un ente social, jurídico, económico, axiológico, virtual, móvil, evolutivo en el tiempo, ubicable en el espacio; que se vincula al mundo a través de las relaciones contractuales, registrales e informativas, asimismo lleva consigo un motor integrador, interrelacionista, intermediario, inteligente, capitalizador, cooperativo, solidario y de ayuda en las economías. Necesita la presencia de los comportamientos humanos para poder dinamizarse en el mercado y mostrar sus productos, servicios, capitales para que le generen mayor prestigio, rentabilidad y empleo. Se sujeta a los cambios políticos, sociales, económicos, culturales, jurídicos, informáticos, tecnológicos y naturales y convive con bajo los principios generales del derecho, economía, administración, contabilidad etc.
Entre los objetivos de las empresas encontramos como uno de los más relevantes el de crecer; pues toda empresa nace con una determinada dimensión, pero también con la vocación de ir obteniendo una mayor capacidad de producción procurando acceder a mayores mercados. Actualmente, el mundo empresarial se caracteriza por una acentuada tendencia al crecimiento mediante la unión y la concentración empresarial. Este fenómeno está provocando una mayor diferencia entre el gigantismo de algunas empresas frente a las miniempresas de carácter individual.
La concentración empresarial como bien sabemos es la agrupación de empresas a través de acuerdos, fusiones o la dependencia de participaciones accionariales a una empresa matriz. Teniendo así diversas formas de concentración empresarial: • La fusión tiene lugar cuando dos empresas desaparecen para formar una nueva; es decir, las empresas originales pierden sus personalidades jurídicas y, como consecuencia de la unión, aparece otra empresa con una personalidad jurídica nueva y diferente de las originales. • La absorción se produce cuando dos empresas acuerdan que una de ellas desaparezca y quede integrada en la otra; es decir, de las dos empresas originales, una (la empresa absorbida) pierde su personalidad jurídica, mientras que la otra la mantiene. • La participación sucede cuando una empresa adquiere parte del capital social de otra. En esta integración empresarial las empresas originales mantienen su propia personalidad jurídica, pero se crean lazos de dependencia. Si la participación es mayoritaria, la empresa que adquiere el capital de la otra se llama matriz, la empresa que vende parte de su capital recibe el nombre de filial y el grupo formado por las empresas recibe el nombre de holding. Además de las formas de concentración anteriores, podemos distinguir distintos tipos de concentración atendiendo a las fases de producción en que intervienen las empresas que se unen. De este modo, se distingue: • La concentración horizontal, que se realiza mediante la integración de empresas que realizan una misma etapa del proceso de transformación o que fabrican el mismo producto o prestan el mismo servicio. Por ejemplo, la unión de dos bancos o la unión de dos grandes superficies o cadenas de supermercados. • La concentración vertical, que se realiza con el objetivo de cubrir distintas fases del proceso de transformación o de distribución; es decir, unión de empresas que originalmente unas eran proveedores de otras. Por ejemplo, en el caso del petróleo, la extracción, el transporte y la elaboración y distribución de productos derivados. Pero los tipos de concentración empresarial que considera la legislación vigente; es decir, la ley 26887 son : FUSIÓN, ESCISIÓN, CONSORCIO Y ASOCIACIÓN EN PARTICIPACION Ante ello puedo decir que; a opinión propia, la mejor alternativa es la modalidad por Consorcio ya que cada empresa mantiene su autonomía e independencia, es decir que mantiene su personalidad jurídica. Además de los bienes que los miembros del consorcio afecten al cumplimiento de la actividad a la que se han comprometido siguen siendo de propiedad exclusiva de estos miembros. La ventaja de esta figura jurídica la encontramos en el hecho que facilita la realización de negocios de gran envergadura donde es necesaria la suma de ingentes recursos y alta tecnología.
Profesor edison luna risco es grato de dirigirme a su persona para brindarle mi comentario sobre la concentracion empresarial.
la concentración empresarial es la especie, de modo que entre ambas figuras concentracionistas se establece una relación inclusiva. el fenómeno de la concentración económica surge como consecuencia de la expansión de las grandes empresas, impulsadas por el desarrollo tecnológico, el avance del transporte, el perfeccionamiento en las comunicaciones y el deseo de conquistar nuevos mercados por el proceso de globalización de la economía. Aquí juega un papel muy importante la revolución industrial; en efecto, los comerciantes aprecian que los nuevos inventos y el desarrollo acelerado que empieza ha experimentar el mundo son propicios para iniciar empresas de mayor escala, más aún cuando la demanda acrecienta gracias al acercamiento de los mercados, la que se satisface con la producción en masa. Tal coyuntura acarreaba un cambio en las concepciones de la época; ya no había “futuro” para los capitales individuales, reducidos y aislados, puesto que surgía una nueva estrategia: la concentración económica. Abocados en tal tendencia, los comerciantes deciden acumular ingentes capitales, mediante agresivas inversiones; autofinanciarse a través de emisiones de acciones y bonos; adquirir empresas, incluso de la competencia; buscar socios estratégicos; y vincular empresas a través de mecanismos económicos y jurídicos. Todas éstas son manifestaciones de la concentración económica. Si bien es cierto que dicha concentración económica aparece en el sector privado, pronto extiende su actuar al ámbito estatal, lo que resulta comprensible en tanto los Estados entendieron que era inadecuado para sus intereses que permaneciesen indiferentes ante el poder que se gestaba alrededor de estas fórmulas concentracionistas. Por ello, el Estado interviene asumiendo una función reguladora según la cual establece políticas de índole económica y social mediante planes de desarrollo que orientan la actividad de las empresas. Sin embargo, ahí no quedó la influencia en el aparato estatal, sino que indujo a que el Estado adoptara otra función, cual es la empresaria; para tal fin, creó empresas públicas, concentrando así su presencia. Rodrigo Uría resume todo este proceso vinculatorio con las siguientes palabras: la concentración económica se utilizó como un eficaz instrumento en manos del Estado en la función directriz de la economía. DesdeLuego Hilmar Sarmiento Alarez....
profesor ante todo muy buenas noches voy a empezar haciendo un resumen sobre lo que son las modalidades de concentracion empresarial vigente en el Peru:La concentración empresarial es un vasto fenómeno (circunscrito dentro de la concentración económica), producto de las nuevas tendencias empresariales, en el cual las empresas han optado por perder o no su personalidad jurídica, surgiendo así las fusiones (en el primer caso) y las uniones de empresas (en el segundo supuesto). Estas uniones de empresas establecen entre ellas relaciones de coordinación o de subordinación; ejemplos de la primera son el cártel, el pool aeronáutico, el consorcio, la asociación en participación, el joint venture, el grupo de interés económico y la agrupación europea de interés económico, mientras que la segunda se patentiza a través de los grupos de empresas.
Las uniones de empresas en las que se implantan relaciones de coordinación han merecido mayor atención en el tiempo, a diferencia de las uniones de empresas en las que se manifiestan relaciones de subordinación, sobre las cuales son exiguos los pronunciamientos doctrinales, escasa la normatividad, prácticamente inexistente la jurisprudencia y grande tanto el desconocimiento como la incertidumbre jurídica. Lo dicho es una realidad comprobable en el Derecho comparado; urge, por lo tanto, esbozar un tratamiento integral del asunto, enfocado desde la perspectiva del Derecho Empresarial, para que así la ciencia jurídica se apareje con la realidad a mi parecer el mejor mecanismo de concentracion es la Fusion porque Conocemos que las fusiones y adquisiciones son decisiones empresariales motivadas por la necesidad de los competidores de adquirir ventajas competitivas que les permitan un mejor desempeño en el mercado al alcanzar economías de escala, el control de tecnologías o de materias primas.Un sistema de control previo de fusiones en el Perú persigue evitar la formación de monopolios y grandes concentraciones de empresas. En el Perú el monopolio y la posición de dominio no son sancionados en sí, sino el abuso de posición en el mercado. Aquellos países que tienen pase o control previo de fusiones sostienen que la estructura conlleva conducta y que la conducta deriva en práctica. En otras palabras, ser grande implica la tentación de llevar a cabo prácticas monopólicas.
También podemos afirmar que las concentraciones y monopolios dificultan que nuevas empresas ingresen en el mercado.
La libre competencia permite la coexistencia de empresas pequeñas, medianas y grandes, y apoya un mercado abierto y fluido.
La apertura debe ofrecer a los potenciales operadores económicos la posibilidad de ingresar y actuar en el mercado. El fin del sistema de defensa de la competencia no estriba únicamente en garantizar oportunidades existentes sino en crear nuevas oportunidades
Buenas noches estimado profesor Edinson Luna Risco, me dirijo a usted para brindarle mi más cordial saludo.
Bueno con respecto a la pregunta planteada, quisiera empezar por definir que es una Concentración de Empresas: Bueno pues es el fenómeno por el cual dos o más empresas convienen en unir esfuerzos y capitales para obtener un beneficio común. Prosiguiendo con los mecanismos de concentración empresarial que considera la legislación vigente en el Perú son: LA FUSIÓN, LA ESCISIÓN, EL CONSORCIO Y LA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACION. Ahora bien desde mi punto de vista y por lo que he podido indagar puedo decir que la mejor alternativa es EL CONSORCIO; puesto que es una asociación económica en la que varias empresas tienen el objetivo de desarrollar una actividad que beneficios para todos. Estos acuerdos permiten concretar inversiones y llevar a cabo obras que, por separado, ninguna compañía podría ejecutar. Pero sin embargo cada empresa mantiene su autonomía e independencia. Es necesario mencionar las ventajas que conlleva conformar un consorcio entre ellas está: aumentan y complementan la oferta de las empresas individuales, los costos y gastos son compartidos y por lo tanto más asequibles, hacen más fácil la consecución de recursos financieros. Disminuye el riesgo y aumenta el éxito de la promoción comercial, aumenta la posibilidad de ofrecer un amplio número de productos, mayor poder de negociación frente a los compradores.
ante todo tenga usted muy buenas noches estimado profesor con respecto a la pregunta siguiente, sobre los mecanismos de concentracion empresariales como ya lo sabemos es cuando dos o mas empresas deciden unir sus capitales y esfuerzos para obtener un beneficio en comun. bueno desde mi punto de vista el mecanismo que considera la legislacion del peru es la del consorcio por que este tipo mecanismo persigue la participación en un determinado negocio para obtener un beneficio por esa actividad en conjunto, asumir cada parte las obligaciones propias que se le encargan y responder por los compromisos convenidos y con estos se lograran los interés en común con los intervinientes.
Profesor Edison Luna Risco,es grato dirigirme a usted para extenderle un cordial saludo de mi parte. Pues con respecto a las preguntas mis respuestas sosn las siguientes:
Existen una diversidad de mecanismos de concentracion empresarial, pero nuestra Legislacion peruana solo considera cuatro mecanismos y son: 1.- La Fusión 2.- La Escisión 3.- El Consorcio 4.- La Asociacion en Participación
Desde mi punto de vista, la mejor alternativa de mecanismos de concentracion son los consorcios, ya que su objetivo fundamental es desarrollar actividades de las cuales se beneficiaran todas las empresas que conforman a estos. Asimismo,este les va permitir mantener su autonomia como tambien su personalidad juridica. en cambio en la fusion es todo lo contrario. tambien, cada parte asume con las obligaciones que se le encargan y responden a los compromisos convenidos.
“Tracemos un punto nuevo en un lugar nuevo para que el Perú produzca conocimiento y deje de consumirlo”. Es un alegato personal que continuamente manifiesto y se contrasta hoy, con la metodología idónea que Ud. Docente Edinson Luna Risco se vale en aras de pulir esta capacitación contable universitaria.
Puesto que, Resulta sugestiva la pesquisa de temas de carácter novedoso concerniente a temas hogaño articulados con la profesión contable, como los mecanismos de concentración empresarial vigentes en el Perú por ejemplo y del cual glosaré.
Subjetivamente asevero que el fenómeno de la concentración económica germina como consecuencia de la expansión de las grandes empresas, impulsadas por el desarrollo tecnológico, el avance del transporte, el perfeccionamiento en las comunicaciones y el deseo de conquistar nuevos mercados por el proceso maravilloso de la globalización económica.
Por ello se estipula que la concentración empresarial goza de raíz económica y con consecuencias jurídicas, mediante el cual dos o más empresas integran sus recursos, económicos, humanos, etc. Para que de tal manera se consiga un beneficio común.
A pesar de la carencia de estudios que hayan profundizado en el tema, parte de la doctrina más autorizada propugna que dos son las formas en que se exterioriza la concentración empresarial, las cuales por cierto devienen en excluyentes: con pérdida de la personalidad jurídica y sin pérdida de ella. Sin embargo, otros autores manifiestan que el fenómeno concentracionista tiene una clásica doble manifestación: horizontal y vertical.
Por mi parte, adopto la anteriormente mencionada por considerarla más ilustrativa y reservo esta última clasificación para el tratamiento de los grupos de empresas. Específicamente considero al consorcio como la más idónea modalidad de concentración empresarial, puesto que persigue la participación en un determinado negocio, obtener un beneficio por esa actividad en conjunto, asumir cada parte las obligaciones propias que se le encargan y sobre todo responder por los compromisos convenidos; en conclusión en el consorcio se crean y regulan relaciones de participación e integración en negocios o empresas determinadas, en interés común de los intervinientes.
En primer lugar permitame saludarle a Usted respetado Profesor;Edison Ely Luna Risco. Como tambien a todos mis compañeros del curso. con respecto a la pregunta mi respuesta y/u opinion es la siguiente. Los mecanismos de concentración empresarial que considera la legislación vigente en el Perú;ley ley 26887;toma en cuenta la FUSIÓN, ESCISIÓN, CONSORCIO Y ASOCIACIÓN EN PARTICIPACION. Y con respecto a la siguiente pregunta yo concidero como la mejor alternativa al " mecanismo de concentracion por CONSORCIO" LO PUEDO DEFINIR COMO,la unión transitoria de empresas. persigue la participación de un determinado negocio,para obtener un beneficio en conjunto, es decir se crean y regulan relaciones de participación e integración en negocios o empresas determinadas, con interés común de los intervinientes. FUE UN GUSTO COMPARTIR OPINIONES EN OTRA DE LAS PREGUNTAS MAS.
profesor Edison Luna Risco tenga usted un buen dia, con lo que respecta ala pregunta, la concentracion empresarial que mas se opta en el peru es la fusion o absorcion ya que esto significa que una empresa absorbe a otra u otras, extinguiéndose estas últimas, de manera que el patrimonio es asumido por la primera. sim embargo lo que mas ventajas daria seria un consorcio ya que es esto se asocian una seria de empresas que buscan desarrolar una actividad conjunta mediante la creación de una nueva sociedad, y en esto facilita la realizacion de los negocios de gran envergadura.
ANTE TODO RECIBA UN CORDIAL SALUDO PROFESOR EDISON LUNA RISCO,CON RESPECTO A LA PREGUNTA N°2 DOY MI REPUESTA: PRIMERAMENTE LA CONCENTRACION EMPRESARIAL SE CONCEPTÚA COMO "EL FENÓMENO POR EL CUAL DOS O MÁS EMPRESAS CONVIENEN EN UNIR ESFUERZOS Y CAPITALES PARA OBTENER UN BENEFICIO COMÚN"; TAMBIEN SE DEFINE, "LA ACUMULACIÓN DE MEDIOS DE PRODUCCIÓN EN UN NEGOCIO, EN UNA ACTIVIDAD ECONÓMICA O EN UN TITULAR". BUENO TRATANDO DE SISTEMATIZAR LO ACOTADO, EXPRESO QUE LA CONCENTRACIÓN EMPRESARIAL ES UN FENÓMENO DE RAÍZ ECONÓMICA Y CON CONSECUENCIAS JURÍDICAS, MEDIANTE EL CUAL DOS O MÁS EMPRESAS INTEGRAN SUS RECURSOS (ECONÓMICOS, HUMANOS, ETC.), A EFECTOS DE CONSEGUIR UN BENEFICIO COMÚN, DIFERENTE AL INTERÉS EMPRESARIAL (EL CUAL PUEDE SUBSISTIR). AHORA DESDE MI PUNTO DE VISTA CABE RECALCAR QUE UNA DE LAS MAS IMPORTANTES PARA MI SERIA EL DE NO TENER PERDIDAS CON LA PERSONALIDAD JURIDICA PORQUE ELLO ES UNA DE LAS OPCIONAS ACOGIDAS EN NUESTRO PAIS PARA ASI TENER MEJOR EMPRENDIMIENTO EN LAS EMPRESAS,ETC. MECANISMO DE CONCENTRACION EN EL PAIS ES MUY IMPORTANTE PORQUE UNE EMPRESAS CON EL FIN DE TENER MEJOR RENTABILIDAD,MEJORES BENEFICIOS ANTE NUESTRO PAIS... GRACIAS...!!!
En esta oportunidad que de una manera u otra con todo el respeto que se merece el profesor del curso de contabilidad de sociedades II, LA CONCENTRACIÓN EMPRESARIAL, es un proceso económico el cual tiene temas o instituciones como son la FUSIÓN, ESCISIÓN, CONSORCIO Y ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN. Pues que tiene como finalidad unificar patrimonio, titulares y personas jurídicas; pues donde cada empresa nace con distintas determinaciones de ir creciendo cada día mas, tiendo mejor capacidad de de participación en el mercado internacional. Estos acuerdos permite concretar distintas inversiones levando a cabo un sin numero de obras logrando el interés comun
Profesor Edinson Luna Risco Recibe de este humilde servidor el mas cordial y sincero saludo, y dejeme expresarle mi admiracion hacia su persona, expuesto todo esto procedo a dar mi comentario sobre el tema a tratar.
La importancia de los grupos de empresas radica en las consecuencias que se derivan de su actuar: reunión de grandes capitales, desarrollo de nuevas tecnologías, mayor capacidad de producción, amplitud a nuevos mercados, satisfacción masiva de la demanda, crecimiento de las oportunidades laborales, despegue de las economías nacionales, integración de los países y, en suma, todo el progreso que pueda imaginarse.
La concentración empresarial es un vasto fenómeno, producto de las nuevas tendencias empresariales, en el cual las empresas han optado por perder o no su personalidad jurídica, surgiendo así las fusiones (en el primer caso) y las uniones de empresas (en el segundo supuesto).Estas uniones de empresas establecen entre ellas relaciones de coordinación o de subordinación; ejemplos de la primera son el cártel, el pool aeronáutico, el consorcio, la asociación en participación, el joint venture, el grupo de interés económico y la agrupación europea de interés económico, mientras que la segunda se patentiza a través de los grupos de empresas.
La concentración empresarial con pérdida de la personalidad jurídica es la manera más tradicional en que se ha patentizado el tema estudiado y, por lo demás, la que ha gozado de amplia y generalizada regulación legislativa.
Pero en la legislacion Peruana actualmente estan vigente solo los suiguientes metodos de concetracion empresarial:FUSIÓN, ESCISIÓN,TRANSFORMACION, CONSORCIO Y ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN.
Y con respecto a la segunta pregunta yo me inclino por el consorcio, ya que esta forma de concentracion empresarial trata de que dos o mas empresas se unan sin deshacerse ni absorverse sino se unen para participar de forma actica y directa en una determinada empresa con el proposito de obtener un beneficio economico, y algo que es importante mencionar que las empresas que conforman el consorcio son autonomas.
Espero que con esta breve explicacion logre cumplir con sus expectativas y me despido agraciendo por el tiempo que se toma usted en atender este comentario. DIOS LO BENDIGA.
LA CONCENTRACION EMPRESARIAL ES UN MECANISMO O ACTO CORPORATIPO QUE CONSISTE EN UN CONTRATO EMPRESARIAL EN LA QUE PARTICIPAN DOS O MAS EMPRESAS QUE UNEN SUS PATRIMONIOS AGRUPAN A SUS SOCIOS PARA LOGRAR OBJETIVOS COMUNES CON UNA ESTRATEIAS DE SUPERAR CONTINGENCIAS DE CRISIS EMPRESARIALESY ASI PODER REDCIR COSTOS DE PRODUCCION, AMPLIACION DE MERCADOS LOCALES COMO EXTERNOS. Y RESPECTO ALOS TIPOS DE MECANISMOS DE CONCENTRACION VIGENTES EN NUESTRA LEY PODRIA DECIR QUE EXISTEN VARIOS, COMO LAS FUSIONES, LAS TRANSFORMACIONES, ASOCIACION EN PARTICIPACION, ENTRE OTRAS. Y LA QUE CREO QUE ES MEJOR PARA MI ES LA FUSION, PORQUE ES DONDE SE UNEN MAS CAPITALES, PARA PODERSE ABRIRSE EN UN ERCADO MAS AMPLIO. ATT: LENIN MARIN RODRIGUEZ. DISCULPAME POR NO RESPONDER A TIEMPO POR FABOR.
hola profesor CPC Edinson Eli Luna Risco soy jorge silva guerra, espero que se encuentre bien de salud junto a tus seres queridos. Como una pequeña introduccion la concentración empresarial es como “el fenómeno por el cual dos o más empresas convienen en unir esfuerzos y capitales para obtener un beneficio común”. Por su parte, Alonso Morales Acosta la define como “la acumulación de medios de producción en un negocio, en una actividad económica o en un titular”.
Nosotros, tratando de sistematizar lo acotado, expresaremos que la concentración empresarial es un fenómeno de raíz económica y con consecuencias jurídicas, mediante el cual dos o más empresas integran sus recursos (económicos, humanos, etc.), a efectos de conseguir un beneficio común, diferente al interés empresarial (el cual puede subsistir).
entre ello tenemos: -CON PERDIDA DE LA PERSONALIDAD JURIDICA. y dentro de la perida de la personalidad juridica esta la fusion. -SIN PERDIDA DE LA PERSONALIDAD JURIDICA. y dentro de ello tenemos las union de empresas,las relaciones de coordinacion, conformada por el cartel, el pool aeronautico,el consorcio,la asociacion en participacion, el joint venture,el grupo de interes economico,etc.
pero en el peru las concentraciones empresariales vigente son el consorcio, la fusion, la escesion, transformacion y las asociaciones em participaciones y todas estan empresas concentradas son con el fuin de un bien economico.
para mi la mejor alternativa son los consorcios por que facilita la realización de negocios de gran envergadura donde es necesaria la suma de ingentes recursos y alta tecnología.
eso es todo profesor concerniente a tu pregunta chau y cuidate.
Bueno, con respecto a la primera interrogante, cabe recalcar que la legislacion vigente ne nuestro pais consideramos diversos mecanismos de concentracion empresarial,teniendo asi dentro de estos, las fusiones,escision, los consorcios y la asociacion en participacion.
Y con respecto al segunto cuestionario, creo que la mejor alternativa es el CONSORCIO, puesto que es una asociación económica en la que una serie de empresas buscan desarrollar una actividad conjunta mediante la creación de una nueva sociedad. Generalmente se da cuando en un mercado con barreras de entrada varias empresas deciden formar una única entidad con el fin de elevar su poder monopolista.
mi comentario respecto a este tema es que el mecanismo de concentración empresarial vigente en nuestro país es la Fusión de Sociedades que cabe mencionar que constituye una operación usada para unificar inversionesy criterios comerciales de dos compañías de una misma rama o de objetivos compatibles.
Constituye una Fusión la absorción de una sociedadpor otra, con desaparición de la primera, y realizada mediante el aporte de los bienesde ésta a la segunda sociedad. La Fusión puede hacerse igualmente mediante la creación de una nueva sociedad, que, por medio de los aportes, absorba a dos o más sociedades preexistentes
La Fusión es la reunión de dos o más compañías independientes en una sola. El jurisconsulto francés Durand expresa que la Fusión "es la reunión de dos o más sociedades preexistentes, bien sea que una u otra sea absorbida por otra o que sean confundidas para constituir una nueva sociedad subsistente y esta última hereda a título universal los derechos y obligaciones de las sociedades intervinientes. Hay Fusión cuando dos o más sociedades preexistentes se disuelven sin liquidarse, para constituir una nueva, o cuando una ya existente absorbe a otra u otras que, sin liquidarse, quedan disueltas.
Genera en mí. El deseo de indagar vehementemente con el fin de absolver de la mejor forma, fundamentando cada acepción que yo pueda impartir el dia de hoy. En este sentido, espero que la información obtenida, cubra totalmente las cuestiones planteadas por Usted Profesor Edison Ely Luna Risco;
ResponderEliminarY a la vez manifestarle mi estima hacia su persona... agradeciendo de antemano la atención brindada al presente.
Quisiera entablar las respuestas no sin antes propalar el siguiente axioma, obtenido en merito a mis conclusiones elaboradas como consecuencia de mi investigación: "LA UNION HACE LA FUERZA".
Cito aquel enunciado o frase tan usual y conocida , por que bajo esta percepción, podemos atribuir una definición de CONCENTRACION EMPRESARIAL, logrando de esta manera tener base para poder analizar las distintas formas de reorganización que las empresas realizan para no quedarse estancados en el tiempo y aislados de la tan asombrosa corriente económica globalizada que estamos viviendo.
La concentración empresarial es un fenómeno económico, que consiste en la unión de dos o mas empresas, con el fin de perseguir objetivos comunes; entendiéndose que esto implica la cohesión de recursos (capital, activos fijos, mano de obra. etc). Existen dos modalidades de de concentración empresarial:
1.- CON PERDIDA DE LA PERSONALIDAD JURIDICA, teniendo como mecanismo la FUSIÓN, en sus formas (absorción y creación)
2.- SIN PERDIDA DE LA PERSONALIDAD JURIDICA, como lo son LAS UNIONES DE EMPRESAS, LAS RELACIONES DE COORDINACION, que a su vez pueden ser:El cartel, Pool aeronautico, Consorcio, Asociación en participación, El Joint Venture y El grupo de interes económico. y Por ultimo tenemos LAS RELACIONES DE SUBORDINACIóN.
No obstante nuestra legislación Peruana, ley 26887; tan solo toma en cuenta la FUSIÓN, ESCISIÓN, CONSORCIO Y ASOCIACIÓN EN PARTICIPACION, excluyendo de esta manera las demas abarcadas en lineas precedentes.
Atendiendo a la segunda pregunta, puedo manifestar lo siguiente: La mejor alternativa de las formas de concentración empresarial es el CONSORCIO, debido a la naturaleza que tienen estos, generando beneficios que las demás no pueden ofrecer, por que su ordenamiento jurídico no las proporciona. En primer termino considero que los consorcios surge por la agrupación de varias empresas con el objetivo de desarrollar una actividad que depare beneficios para todas. Es decir, estos acuerdos permiten concretar inversiones y llevar a cabo obras que, por separado, ninguna compañía podría ejecutar. Es importante mencionar que en este tipo de contrato, los bienes que los miembros del consorcio afecten al cumplimiento de la actividad a la que se han comprometido siguen siendo de propiedad exclusiva de éstos, es decir que, a diferencia de lo establecido en el contrato de asociación en participación, no se presume que la propiedad de los bienes
aportados corresponda al asociante (el quien aporta). Otra ventaja que puedo vislumbrar es que en un consorcio, cada empresa mantiene su autonomía e independencia, vale decir que mantiene su personalidad jurídica. Por eso no hay que confundir la noción de consorcio con el concepto de fusión, donde la unión de las empresas implica el fin de la existencia individual de cada una de las participantes. Y como ultima característica que corrobora que esta es la mejor opción para la concentración empresarial, es que los consorcios aportan ventajas competitivas ya que los gastos y los costos son compartidos por sus participantes.
Es así como fundo mi alegato bien estructurado, extendiendo características puntuales que permiten contemplar las múltiples ventajas que tienen los CONSORCIOS en el PERU, en efecto esto permite a que muchos empresarios peruanos obtén por este tipo de concentración empresarial, generando en ellos desarrollar sus empresas y ser mas competitivo. Siguiendo ESTa orden de ideas quiero citar algunos consorcios reales existentes en nuestro Perú:
ResponderEliminarPerúEléctrico ATEM-LIMA, CONSORCIO PERÚMUEBLE-LIMA, PERUVIAN BIO CONSORTIA, LIMA
TEXTIL ARTE ANDINOAREQUIPA, INKA’SEXPERIENCE –CUSCO, IIRSA NORTE, estos ejemplos, indudablemente acreditan mi alegato...
Positivamente
JHON SMITH REATEGUI AREVALO
Ante todo recibe un cordial saludo de mi persona estimado profesor; y al mismo tiempo poner en manifiesto respecto a la pregunta planteada: Para que sea mejor el entendimiento al tema nº 2 quiero empezar definiendo acerca lo que es una concentracion empresarial, pues bien es aquel fenomeno por el cual dos o mas empresas convienen en unir esfuerzos y recusos (economicos, humanos, etc...)para obtener un beneficio comun.Por ejemplo podemos citar entre ellos las sociedades por participaciones, consorcios, corporaciones, fusiones, tranformaciones, etc...
ResponderEliminarAhora bien despues de conocer el significado; a mi perspectiva o punto de vista el mecanismo de concentracion empresarial que considera la legislacion vigente en el peru son las FUSIONES, ya que consiste en que dos o más sociedades se unen a efectos de que una de ellas se incorpore a la otra, o se cree una nueva sociedad, buscando mayor precisión. pues de eso se trata buscar mejores condiciones para el beneficio de la empresa asi como tambien propios y facilita el desarrollo y progreso de una nueva era de transacciones de negocio.
Docente Edison luna risco reciba un cordial saludo, con respecto al planteamiento. Para esto es conveniente estudiar el derecho societario dentro de la concentración empresarial para hacer perspectivas por ramas del derecho involucradas con el mismo. al cual sólo tiene en cuenta temas o instituciones como son la FUSIÓN, ESCISIÓN, CONSORCIO Y ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN. En tal sentido excluyendo de la misma otros casos como son el joint venture, grupos de empresas, cartel y pool. Por lo cual afirmo que el tema conocido como concentración empresarial extralimita el campo de estudio de la legislación societaria peruana, en tal sentido para estudiarlos debemos recurrir a otras ramas del derecho como son el derecho de la empresa. Es decir, la legislación societaria deja al margen varios supuestos de concentración empresarial, los cuales en todo caso son estudiados por la doctrina no sólo nacional sino también extranjera. Desde mi posición remarco que la mejor alternativa es un consorcio. Fundamento esto con el artículo 445 y 48 de la ley N° 26887, el primero menciona un contrato de autonomía propia y de interés común.
ResponderEliminarEl segundo No genera una persona jurídica nueva, debe constar por escrito y no está sujeto a inscripción en los Registros Públicos.
FELIMON LOPEZ GARCIA
Estimado docente Edinson luna Risco,reciba usted un cordial saludo de mi parte. Cumpliendo con mi responsbilidad de estuante pongo de manifiesto mi parecer con respecto a lo planteado en el tema Nº2:
ResponderEliminarPrimeramente creo que es de vital importancia tener en claro lo que es LA CONCENTRACIÓN EMPRESARIAL; Pues es el proceso económico con efectos jurídicos, mediante el cual dos o más empresas o sociedades unen sus recursos o activos para la consecusión de objetivos comunes.Ahora bien, los mecanismos de concentración empresarial que considera la legislación vigente en el Perú son las siguientes:FUSIÓN, ESCISIÓN, CONSORCIO Y ASOCIACIÓN EN PARTICIPACION.Claro está que existen muchas otras que algunos de los compañeros lo han mencionado; pero que la ley Nº 26887 no las considera.Por ende, después de haber analizado cada uno de estos mecanismos, me atrevo a decir que la mejor alternativa dentro de estos mecanismos de concentración empresarial es el CONSORCIO; debido a que en ella las empresas llegan a un acuerdo cuyo objetivo principal es desarrollar una actividad económica que va a resultar en rendimientos para todas y cada una de ellas,pero sobre todo mantiene su autonomía y su personalidad jurídica, lo que quiere decir que no dan origen a una nuva. El cual es justamente lo que le difrencia de una FUSIÓN .Cabe recalcar también que otra de las ventajas de esta figura jurídica la encontramos en el hecho que facilita la realización de negocios de gran envergadura cuyo objeto es la realización de una obra, la prestación de un servicio o el suministro de ciertos bienes. att.Isabel romero saavedra
DISTINGUIDO DOCENTE Y CONTADOR EDISON LUNA RISCO, RECIBA UN CORDIAL SALUDO DE MI PERSONA, SEGUIDAMENTE REALIZARE MI OPINION A DICHA INTERROGANTE,A HABLAR DE CONCENTRACION EMPRESARIAL O CONCENTRACION DE LA EMPRESA, SE ESTARIA HACIENDO MENCION DE UN TEMA BASTANTE IMPORTANTE DENTRO DEL DERECHO EMPRESARIAL, YA QUE VIENE HACER UNA FORMA DE REFLOTAR UNA EMPRESSA POR ESTE MECANISMO O PROCESO CONOCIDO YA MENCIONADO,YA QUE LA MISMA PERMITIRA SALVAR A LAS EMPRESAS EN CRISIS PARA CONVERTIRLAS EN EMPRESAS VIABLES ES CLARO QUE SON SUPUESTOS DEL MISMO LOS consorcios, clusters, pool,asociación en participación, joint venture, sindicatos de socios de empresa, corporaciones, fusiones, etc.A MI PUNTO DE VISTA EL MECANISMO DE CONCENTRACION EMPRESARIAL EN EL PAIS SON LAS TRANSFORMACIONES POR FUSIONES, POR LA CUAL SE UNEN DOS O MAS EMPRESAS,SOCIEDADES CON EL OBJETIVO DE UNA MEJORA EN SUS RENTABILIDADES O MEJORES BENEFICIOS, DESARROLLO.
ResponderEliminarAnte todo un cordial saludo para todos los visitantes a este blog.
ResponderEliminarLa legislación vigente en el Perú considera diversos mecanismos de concentración empresarial.
Concentración empresarial. Se define en el contexto empresarial (como la fusión y el cártel) o también (como el grupo de empresas y el grupo de interés económico), entre los mecanismos de concentración se tiene. Fusión, escisión, el consorcio y la asociación en participación, contratos asociativos aquellos que permiten la integración empresarial para el mejor desarrollo de diversas actividades económicas.
Una de las mejores alternativas de concentración empresarial. lo considero a un consorcio, ya que cada empresa mantiene su facultad e firmeza, es decir que conserva su personalidad jurídica. Ya que Los gastos de cualquier iniciativa comercial se comparten.
Disminuye el riesgo y aumenta el éxito de la promoción comercial.
Aumenta la posibilidad de ofrecer un amplio número de productos.
Mayor poder de negociación frente a los compradores.
Posibilidad de optar a la concesión de ayudas públicas...
Querido profesor muy tardes y con el debido respeto que se merece mi respuesta es la siguiente:
ResponderEliminarLOS MECANISMOS DE CONCENTRACIÓN EMPRESARIAL SE DA:
Pues bien en el artículo 11 del ALME sostiene que el Estado promueve la descentralización de empresas como un mecanismo para el desarrollo económico integral del país. Y el artículo 13 de la misma propuesta legislativa prescribe que la empresa podrá concentrar sus actividades en un solo establecimiento o desconcentrarlas en otros y que, además, podrá organizarse formando grupos empresariales. Apréciese que el sentido de ambos articulados es reafirmar la aceptación jurídica de la teoría concentracionista, empero (al igual que en otros casos) resultan ser abstractos y restrictivos.
Dichos artículos son abstractos porque se refieren, en primer lugar, a la descentralización de empresas y, en segundo término, a los grupos empresariales de mercados especializados o integrales cuando lo pertinente es aludir a la concentración empresarial (como institución jurídica recogida por el Derecho de la Empresa contemporáneo) y los grupos de empresas en general (subsumiendo a los homogéneos, los plurales y los heterogéneos). Y el carácter restrictivo se avizora cuando sólo se pronuncia sobre la sucursal, olvidándose de la empresa holding, la matriz y la subsidiaria o filial.
Profesor Edison tenga usted un buen día, según mi criterio con respecto a la pregunta, primeramente como ya sabemos que para obtener mecanismos de concentración empresarial se requiere incorporar esfuerzos, conocimientos, capitales y trabajo. De esta manera defino a la concentración empresarial como una figura de raíz económica y con consecuencias jurídicas mediante la cual dos o más empresas integran sus recursos (económicos, humanos, etc.) a efectos de conseguir un beneficio común. Ahora bien, pueda ser que para alcanzar dicho crecimiento corporativo no importe sacrificar la autonomía jurídica de las empresas participantes o que, por el contrario, quiera lograrse el crecimiento pero conservando la autonomía, dando origen a las fusiones y a las uniones de empresas, respectivamente. En este último caso, es posible establecer relaciones de coordinación (como el cártel, el pool aeronáutico, la asociación en participación y el consorcio) o relaciones de subordinación (lo que se conoce como grupo de empresas).
ResponderEliminarDesde mi punto de vista la mejor alternativa seria un consorcio ya que en ella una serie de empresas buscan desarrollar una actividad conjunta de comercialización, mediante la creación de una nueva sociedad encargada de estudiar nuevos mercados, así como promocionar, financiar y comercializar al conjunto de empresas. Es importante recordar que cada socio mantiene su independencia jurídica. Está modalidad suele darse entre empresas del mismo sector que elaboran productos o servicios complementarios. Y de esta manera obtener múltiples ventajas como disminuir el riesgo y aumentar el éxito de la promoción comercial también aumentar la posibilidad de ofrecer un amplio número de productos. Mayor poder de negociación frente a los compradores y la posibilidad de optar a la concesión de ayudas públicas.
CORDOVA FERNANDEZ DENIS ELY
Buenas tardes profesor, pidiendole disculpas por el retraso le hago llegar un respetuoso y amigable saludo, para proponerle la siguiente respuesta.
ResponderEliminara la concentrasion de empresas se lo puede denominar como un fenómeno por el cual dos o más empresas convienen en unir esfuerzos y capitales para obtener un beneficio común" y dentro de la clasificacion de mecanismos de concentración empresarial considerados en la legislación vigente en el Perú tenemos.
1. CON PERDIDA DE LA PERSONALIDAD JURIDICA
1.1.LA FUSION
2.SIN PERDIDA DE LA PERSONALIDAD JURIDICA
2.1.LAS UNIONES DE EMPRESAS
2.2.LAS RELACIONES DE COORDINACION.
2.2.1.EL CARTEL
2.2.2.EL POOL AERONAUTICO
2.2.3.EL CONSORCIO
2.2.4.LA ASOCIACION EN PARTICIPACION
2.2.5.EL JOINT VENTURE
2.2 6.EL GRUPO DE INTERES ECONOMICO
2.3.LAS RELACIONES DE SUBORDINACION
2.3.1.EL GRUPO DE EMPRESAS.
teniendo en claro esta clasificaion, el mecanismo mas conveniente a mi parecer es la FUSION, que no viene a ser otra cosa mas que un medio típico de concentración empresarial, orientada a la más alta reorganización de la empresa y con la cual se unifican patrimonios, titulares y relaciones jurídicas.
Ultimamente se han realizado varias operaciones que han sido tildadas de "megafusiones", entre las cuales podemos citar la fusión entre los laboratorios suizos Sandoz y Ciba que, desde diciembre de 1996, forman parte de la firma Novartis, la que se erige como la mayor corporación farmacéutica del mundo; y la otra megafusión que nmos deve interesar más es la que se dio entre las empresas peruanas de Cervecería Backus y Johnston, Compañía Nacional de Cerveza, Cervecería del Norte y Sociedad Cervecera de Trujillo que, desde diciembre de 1996, conforman la Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston, líder en el mercado cervecero peruano.
La acogida mundial que ha tenido y mantiene la fusión se debe a las ventajas que encierra, por lo que no es de extrañar que estos tiempos se clifiquen como "un siglo de fusiones y adquisiciones". Como primera ventaja sostendremos que facilita la concentración empresarial, una finalidad importante desde la perspectiva jurídica; así, esta es una alternativa muy sugiriente ya quenos da crecimiento, tambien la conservación del capital de inversión y el control estas son muchas de las razones que motivan una fusión, todas las cuales resultan ser manifestaciones de la concentración empresarial.
En segundo término, permite acogerse a beneficios tributarios. buscando la consolidación de las empresas para que puedan competir en el mercado tanto interno como externo.La tercera razón que alienta las fusiones es su versatilidad, puesto que la utilización de ella es factible en la mayoría de las actividades económicas, tanto en producción o comercialización de bienes como en prestación de servicios. No obstante lo acotado, hay que considerar que la fusión exige respeto mutuo entre las empresas fusionadas y capacidad de integración, lo que no siempre es fácil de conseguir; precisamente por ello han fracasado varias operaciones internacionales, como las fusiones entre Texaco y Chevron. pero esto es solo uno de los pocos fracasos que se encuentran en esta alternastiva, mas son los beneficios y mas las empresas que tenieron mas desarrollo con la FUSIOn de empresas. gracias...
Ante todo profesor reciba un cordial saludo de mi persona y con respecto a la pregunta mi opinión es que en primer lugar sabemos que la concentración empresarial5 es un fenómeno económico complejo que ha sido aprehendido por la ciencia jurídica. Dentro de ella encontramos instituciones tan antiguas y arraigadas en el contexto empresarial (como la fusión y el cártel) hasta algunas más recientes y novedosas (como el grupo de empresas y el grupo de interés económico), pasando por otras que gozan de gran aceptación en diversos países (como el consorcio y la asociación en participación) el avance de las comunicaciones, el desarrollo tecnológico y la evolución de los medios de transporte conlleva a la masificación de la oferta, la conquista de nuevos mercados y el aumento desmesurado de la demanda. El empresariado debe acoplarse a tal escenario y, para tal cometido, se requiere unir capitales y trabajo Esto es la concentración empresarial mediante la cual dos o más empresas integran sus recursos: económicos, humanos, a efectos de conseguir un beneficio común.
ResponderEliminarY la mejor alternativa q considero es que para que nuestro país sea uno de los mejores en el ámbito empresarial el empresario debe ver que la forma de poder mejorar es unir las fuerzas con otros empresarios o empresas. Ahora bien, pueda ser que para alcanzar dicho crecimiento corporativo no importe sacrificar la autonomía jurídica de las empresas participantes o que, por el contrario, quiera lograrse el crecimiento pero conservando la autonomía, dando origen a las fusiones y a las uniones de empresas, respectivamente., eso es todo en cuanto ami respuesta espero satisfacerle.
En primer lugar permítame darle mi mas cordial y respetuoso saludo profesor Edison Luna y al mismo tiempo agradecerle por la ardua enseñanza que nos brinda.
ResponderEliminarCon respecto a la pregunta plateada, hacer mención que el fenómeno económico de la globalización nos trae a la empresa como “un ente social, jurídico, económico, axiológico, virtual, móvil, evolutivo en el tiempo, ubicable en el espacio; que se vincula al mundo a través de las relaciones contractuales, registrales e informativas, asimismo lleva consigo un motor integrador, interrelacionista, intermediario, inteligente, capitalizador, cooperativo, solidario y de ayuda en las economías.
Necesita la presencia de los comportamientos humanos para poder dinamizarse en el mercado y mostrar sus productos, servicios, capitales para que le generen mayor prestigio, rentabilidad y empleo. Se sujeta a los cambios políticos, sociales, económicos, culturales, jurídicos, informáticos, tecnológicos y naturales y convive con bajo los principios generales del derecho, economía, administración, contabilidad etc.
Entre los objetivos de las empresas encontramos como uno de los más relevantes el de crecer; pues toda empresa nace con una determinada dimensión, pero también con la vocación de ir obteniendo una mayor capacidad de producción procurando acceder a mayores mercados.
Actualmente, el mundo empresarial se caracteriza por una acentuada tendencia al crecimiento mediante la unión y la concentración empresarial. Este fenómeno está provocando una mayor diferencia entre el gigantismo de algunas empresas frente a las miniempresas de carácter individual.
La concentración empresarial como bien sabemos es la agrupación de empresas a través de acuerdos, fusiones o la dependencia de participaciones accionariales a una empresa matriz.
ResponderEliminarTeniendo así diversas formas de concentración empresarial:
• La fusión tiene lugar cuando dos empresas desaparecen para formar una nueva; es decir, las empresas originales pierden sus personalidades jurídicas y, como consecuencia de la unión, aparece otra empresa con una personalidad jurídica nueva y diferente de las originales.
• La absorción se produce cuando dos empresas acuerdan que una de ellas desaparezca y quede integrada en la otra; es decir, de las dos empresas originales, una (la empresa absorbida) pierde su personalidad jurídica, mientras que la otra la mantiene.
• La participación sucede cuando una empresa adquiere parte del capital social de otra. En esta integración empresarial las empresas originales mantienen su propia personalidad jurídica, pero se crean lazos de dependencia. Si la participación es mayoritaria, la empresa que adquiere el capital de la otra se llama matriz, la empresa que vende parte de su capital recibe el nombre de filial y el grupo formado por las empresas recibe el nombre de holding.
Además de las formas de concentración anteriores, podemos distinguir distintos tipos de concentración atendiendo a las fases de producción en que intervienen las empresas que se unen. De este modo, se distingue:
• La concentración horizontal, que se realiza mediante la integración de empresas que realizan una misma etapa del proceso de transformación o que fabrican el mismo producto o prestan el mismo servicio. Por ejemplo, la unión de dos bancos o la unión de dos grandes superficies o cadenas de supermercados.
• La concentración vertical, que se realiza con el objetivo de cubrir distintas fases del proceso de transformación o de distribución; es decir, unión de empresas que originalmente unas eran proveedores de otras. Por ejemplo, en el caso del petróleo, la extracción, el transporte y la elaboración y distribución de productos derivados.
Pero los tipos de concentración empresarial que considera la legislación vigente; es decir, la ley 26887 son : FUSIÓN, ESCISIÓN, CONSORCIO Y ASOCIACIÓN EN PARTICIPACION
Ante ello puedo decir que; a opinión propia, la mejor alternativa es la modalidad por Consorcio ya que cada empresa mantiene su autonomía e independencia, es decir que mantiene su personalidad jurídica. Además de los bienes que los miembros del consorcio afecten al cumplimiento de la actividad a la que se han comprometido siguen siendo de propiedad exclusiva de estos miembros.
La ventaja de esta figura jurídica la encontramos en el hecho que facilita la realización de negocios de gran envergadura donde es necesaria la suma de ingentes recursos y alta tecnología.
Profesor edison luna risco es grato de dirigirme a su persona para brindarle mi comentario sobre la concentracion empresarial.
ResponderEliminarla concentración empresarial es la especie, de modo que entre ambas figuras concentracionistas se establece una relación inclusiva.
el fenómeno de la concentración económica surge como consecuencia de la expansión de las grandes empresas, impulsadas por el desarrollo tecnológico, el avance del transporte, el perfeccionamiento en las comunicaciones y el deseo de conquistar nuevos mercados por el proceso de globalización de la economía.
Aquí juega un papel muy importante la revolución industrial; en efecto, los comerciantes aprecian que los nuevos inventos y el desarrollo acelerado que empieza ha experimentar el mundo son propicios para iniciar empresas de mayor escala, más aún cuando la demanda acrecienta gracias al acercamiento de los mercados, la que se satisface con la producción en masa. Tal coyuntura acarreaba un cambio en las concepciones de la época; ya no había “futuro” para los capitales individuales, reducidos y aislados, puesto que surgía una nueva estrategia: la concentración económica.
Abocados en tal tendencia, los comerciantes deciden acumular ingentes capitales, mediante agresivas inversiones; autofinanciarse a través de emisiones de acciones y bonos; adquirir empresas, incluso de la competencia; buscar socios estratégicos; y vincular empresas a través de mecanismos económicos y jurídicos. Todas éstas son manifestaciones de la concentración económica.
Si bien es cierto que dicha concentración económica aparece en el sector privado, pronto extiende su actuar al ámbito estatal, lo que resulta comprensible en tanto los Estados entendieron que era inadecuado para sus intereses que permaneciesen indiferentes ante el poder que se gestaba alrededor de estas fórmulas concentracionistas. Por ello, el Estado interviene asumiendo una función reguladora según la cual establece políticas de índole económica y social mediante planes de desarrollo que orientan la actividad de las empresas. Sin embargo, ahí no quedó la influencia en el aparato estatal, sino que indujo a que el Estado adoptara otra función, cual es la empresaria; para tal fin, creó empresas públicas, concentrando así su presencia. Rodrigo Uría resume todo este proceso vinculatorio con las siguientes palabras: la concentración económica se utilizó como un eficaz instrumento en manos del Estado en la función directriz de la economía.
DesdeLuego Hilmar Sarmiento Alarez....
profesor ante todo muy buenas noches voy a empezar haciendo un resumen sobre lo que son las modalidades de concentracion empresarial vigente en el Peru:La concentración empresarial es un vasto fenómeno (circunscrito dentro de la concentración económica), producto de las nuevas tendencias empresariales, en el cual las empresas han optado por perder o no su personalidad jurídica, surgiendo así las fusiones (en el primer caso) y las uniones de empresas (en el segundo supuesto). Estas uniones de empresas establecen entre ellas relaciones de coordinación o de subordinación; ejemplos de la primera son el cártel, el pool aeronáutico, el consorcio, la asociación en participación, el joint venture, el grupo de interés económico y la agrupación europea de interés económico, mientras que la segunda se patentiza a través de los grupos de empresas.
ResponderEliminarLas uniones de empresas en las que se implantan relaciones de coordinación han merecido mayor atención en el tiempo, a diferencia de las uniones de empresas en las que se manifiestan relaciones de subordinación, sobre las cuales son exiguos los pronunciamientos doctrinales, escasa la normatividad, prácticamente inexistente la jurisprudencia y grande tanto el desconocimiento como la incertidumbre jurídica. Lo dicho es una realidad comprobable en el Derecho comparado; urge, por lo tanto, esbozar un tratamiento integral del asunto, enfocado desde la perspectiva del Derecho Empresarial, para que así la ciencia jurídica se apareje con la realidad
a mi parecer el mejor mecanismo de concentracion es la Fusion porque Conocemos que las fusiones y adquisiciones son decisiones empresariales motivadas por la necesidad de los competidores de adquirir ventajas competitivas que les permitan un mejor desempeño en el mercado al alcanzar economías de escala, el control de tecnologías o de materias primas.Un sistema de control previo de fusiones en el Perú persigue evitar la formación de monopolios y grandes concentraciones de empresas. En el Perú el monopolio y la posición de dominio no son sancionados en sí, sino el abuso de posición en el mercado. Aquellos países que tienen pase o control previo de fusiones sostienen que la estructura conlleva conducta y que la conducta deriva en práctica. En otras palabras, ser grande implica la tentación de llevar a cabo prácticas monopólicas.
También podemos afirmar que las concentraciones y monopolios dificultan que nuevas empresas ingresen en el mercado.
La libre competencia permite la coexistencia de empresas pequeñas, medianas y grandes, y apoya un mercado abierto y fluido.
La apertura debe ofrecer a los potenciales operadores económicos la posibilidad de ingresar y actuar en el mercado.
El fin del sistema de defensa de la competencia no estriba únicamente en garantizar oportunidades existentes sino en crear nuevas oportunidades
Buenas noches estimado profesor Edinson Luna Risco, me dirijo a usted para brindarle mi más cordial saludo.
ResponderEliminarBueno con respecto a la pregunta planteada, quisiera empezar por definir que es una Concentración de Empresas: Bueno pues es el fenómeno por el cual dos o más empresas convienen en unir esfuerzos y capitales para obtener un beneficio común.
Prosiguiendo con los mecanismos de concentración empresarial que considera la legislación vigente en el Perú son: LA FUSIÓN, LA ESCISIÓN, EL CONSORCIO Y LA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACION. Ahora bien desde mi punto de vista y por lo que he podido indagar puedo decir que la mejor alternativa es EL CONSORCIO; puesto que es una asociación económica en la que varias empresas tienen el objetivo de desarrollar una actividad que beneficios para todos. Estos acuerdos permiten concretar inversiones y llevar a cabo obras que, por separado, ninguna compañía podría ejecutar. Pero sin embargo cada empresa mantiene su autonomía e independencia. Es necesario mencionar las ventajas que conlleva conformar un consorcio entre ellas está: aumentan y complementan la oferta de las empresas individuales, los costos y gastos son compartidos y por lo tanto más asequibles, hacen más fácil la consecución de recursos financieros. Disminuye el riesgo y aumenta el éxito de la promoción comercial, aumenta la posibilidad de ofrecer un amplio número de productos, mayor poder de negociación frente a los compradores.
ante todo tenga usted muy buenas noches estimado profesor con respecto a la pregunta siguiente, sobre los mecanismos de concentracion empresariales como ya lo sabemos es cuando dos o mas empresas deciden unir sus capitales y esfuerzos para obtener un beneficio en comun.
ResponderEliminarbueno desde mi punto de vista el mecanismo que considera la legislacion del peru es la del consorcio por que este tipo mecanismo persigue la participación en un determinado negocio para obtener un beneficio por esa actividad en conjunto, asumir cada parte las obligaciones propias que se le encargan y responder por los compromisos convenidos y con estos se lograran los interés en común con los intervinientes.
Profesor Edison Luna Risco,es grato dirigirme a usted para extenderle un cordial saludo de mi parte. Pues con respecto a las preguntas mis respuestas sosn las siguientes:
ResponderEliminarExisten una diversidad de mecanismos de concentracion empresarial, pero nuestra Legislacion peruana solo considera cuatro mecanismos y son:
1.- La Fusión
2.- La Escisión
3.- El Consorcio
4.- La Asociacion en Participación
Desde mi punto de vista, la mejor alternativa de mecanismos de concentracion son los consorcios, ya que su objetivo fundamental es desarrollar actividades de las cuales se beneficiaran todas las empresas que conforman a estos.
Asimismo,este les va permitir mantener su autonomia como tambien su personalidad juridica.
en cambio en la fusion es todo lo contrario.
tambien, cada parte asume con las obligaciones que se le encargan y responden a los compromisos convenidos.
“Tracemos un punto nuevo en un lugar nuevo para que el Perú produzca conocimiento y deje de consumirlo”. Es un alegato personal que continuamente manifiesto y se contrasta hoy, con la metodología idónea que Ud. Docente Edinson Luna Risco se vale en aras de pulir esta capacitación contable universitaria.
ResponderEliminarPuesto que, Resulta sugestiva la pesquisa de temas de carácter novedoso concerniente a temas hogaño articulados con la profesión contable, como los mecanismos de concentración empresarial vigentes en el Perú por ejemplo y del cual glosaré.
Subjetivamente asevero que el fenómeno de la concentración económica germina como consecuencia de la expansión de las grandes empresas, impulsadas por el desarrollo tecnológico, el avance del transporte, el perfeccionamiento en las comunicaciones y el deseo de conquistar nuevos mercados por el proceso maravilloso de la globalización económica.
Por ello se estipula que la concentración empresarial goza de raíz económica y con consecuencias jurídicas, mediante el cual dos o más empresas integran sus recursos, económicos, humanos, etc. Para que de tal manera se consiga un beneficio común.
A pesar de la carencia de estudios que hayan profundizado en el tema, parte de la doctrina más autorizada propugna que dos son las formas en que se exterioriza la concentración empresarial, las cuales por cierto devienen en excluyentes: con pérdida de la personalidad jurídica y sin pérdida de ella. Sin embargo, otros autores manifiestan que el fenómeno concentracionista tiene una clásica doble manifestación: horizontal y vertical.
Por mi parte, adopto la anteriormente mencionada por considerarla más ilustrativa y reservo esta última clasificación para el tratamiento de los grupos de empresas. Específicamente considero al consorcio como la más idónea modalidad de concentración empresarial, puesto que persigue la participación en un determinado negocio, obtener un beneficio por esa actividad en conjunto, asumir cada parte las obligaciones propias que se le encargan y sobre todo responder por los compromisos convenidos; en conclusión en el consorcio se crean y regulan relaciones de participación e integración en negocios o empresas determinadas, en interés común de los intervinientes.
En primer lugar permitame saludarle a Usted respetado Profesor;Edison Ely Luna Risco. Como tambien a todos mis compañeros del curso.
ResponderEliminarcon respecto a la pregunta mi respuesta y/u opinion es la siguiente.
Los mecanismos de concentración empresarial que considera la legislación vigente en el Perú;ley ley 26887;toma en cuenta la FUSIÓN, ESCISIÓN, CONSORCIO Y ASOCIACIÓN EN PARTICIPACION.
Y con respecto a la siguiente pregunta yo concidero como la mejor alternativa al " mecanismo de concentracion por CONSORCIO" LO PUEDO DEFINIR COMO,la unión transitoria de empresas. persigue la participación de un determinado negocio,para obtener un beneficio en conjunto, es decir se crean y regulan relaciones de participación e integración en negocios o empresas determinadas, con interés común de los intervinientes.
FUE UN GUSTO COMPARTIR OPINIONES EN OTRA DE LAS PREGUNTAS MAS.
profesor Edison Luna Risco tenga usted un buen dia, con lo que respecta ala pregunta, la concentracion empresarial que mas se opta en el peru es la fusion o absorcion ya que esto significa que una empresa absorbe a otra u otras, extinguiéndose estas últimas, de manera que el patrimonio es asumido por la primera. sim embargo lo que mas ventajas daria seria un consorcio ya que es esto se asocian una seria de empresas que buscan desarrolar una actividad conjunta mediante la creación de una nueva sociedad, y en esto facilita la realizacion de los negocios de gran envergadura.
ResponderEliminarANTE TODO RECIBA UN CORDIAL SALUDO PROFESOR EDISON LUNA RISCO,CON RESPECTO A LA PREGUNTA N°2 DOY MI REPUESTA:
ResponderEliminarPRIMERAMENTE LA CONCENTRACION EMPRESARIAL SE CONCEPTÚA COMO "EL FENÓMENO POR EL CUAL DOS O MÁS EMPRESAS CONVIENEN EN UNIR ESFUERZOS Y CAPITALES PARA OBTENER UN BENEFICIO COMÚN"; TAMBIEN SE DEFINE, "LA ACUMULACIÓN DE MEDIOS DE PRODUCCIÓN EN UN NEGOCIO, EN UNA ACTIVIDAD ECONÓMICA O EN UN TITULAR".
BUENO TRATANDO DE SISTEMATIZAR LO ACOTADO, EXPRESO QUE LA CONCENTRACIÓN EMPRESARIAL ES UN FENÓMENO DE RAÍZ ECONÓMICA Y CON CONSECUENCIAS JURÍDICAS, MEDIANTE EL CUAL DOS O MÁS EMPRESAS INTEGRAN SUS RECURSOS (ECONÓMICOS, HUMANOS, ETC.), A EFECTOS DE CONSEGUIR UN BENEFICIO COMÚN, DIFERENTE AL INTERÉS EMPRESARIAL (EL CUAL PUEDE SUBSISTIR).
AHORA DESDE MI PUNTO DE VISTA CABE RECALCAR QUE UNA DE LAS MAS IMPORTANTES PARA MI SERIA EL DE NO TENER PERDIDAS CON LA PERSONALIDAD JURIDICA PORQUE ELLO ES UNA DE LAS OPCIONAS ACOGIDAS EN NUESTRO PAIS PARA ASI TENER MEJOR EMPRENDIMIENTO EN LAS EMPRESAS,ETC.
MECANISMO DE CONCENTRACION EN EL PAIS ES MUY IMPORTANTE PORQUE UNE EMPRESAS CON EL FIN DE TENER MEJOR RENTABILIDAD,MEJORES BENEFICIOS ANTE NUESTRO PAIS...
GRACIAS...!!!
En esta oportunidad que de una manera u otra con todo el respeto que se merece el profesor del curso de contabilidad de sociedades II, LA CONCENTRACIÓN EMPRESARIAL, es un proceso económico el cual tiene temas o instituciones como son la FUSIÓN, ESCISIÓN, CONSORCIO Y ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN. Pues que tiene como finalidad unificar patrimonio, titulares y personas jurídicas; pues donde cada empresa nace con distintas determinaciones de ir creciendo cada día mas, tiendo mejor capacidad de de participación en el mercado internacional. Estos acuerdos permite concretar distintas inversiones levando a cabo un sin numero de obras logrando el interés comun
ResponderEliminarProfesor Edinson Luna Risco Recibe de este humilde servidor el mas cordial y sincero saludo, y dejeme expresarle mi admiracion hacia su persona, expuesto todo esto procedo a dar mi comentario sobre el tema a tratar.
ResponderEliminarLa importancia de los grupos de empresas radica en las consecuencias que se derivan de su actuar: reunión de grandes capitales, desarrollo de nuevas tecnologías, mayor capacidad de producción, amplitud a nuevos mercados, satisfacción masiva de la demanda, crecimiento de las oportunidades laborales, despegue de las economías nacionales, integración de los países y, en suma, todo el progreso que pueda imaginarse.
La concentración empresarial es un vasto fenómeno, producto de las nuevas tendencias empresariales, en el cual las empresas han optado por perder o no su personalidad jurídica, surgiendo así las fusiones (en el primer caso) y las uniones de empresas (en el segundo supuesto).Estas uniones de empresas establecen entre ellas relaciones de coordinación o de subordinación; ejemplos de la primera son el cártel, el pool aeronáutico, el consorcio, la asociación en participación, el joint venture, el grupo de interés económico y la agrupación europea de interés económico, mientras que la segunda se patentiza a través de los grupos de empresas.
La concentración empresarial con pérdida de la personalidad jurídica es la manera más tradicional en que se ha patentizado el tema estudiado y, por lo demás, la que ha gozado de amplia y generalizada regulación legislativa.
Pero en la legislacion Peruana actualmente estan vigente solo los suiguientes metodos de concetracion empresarial:FUSIÓN, ESCISIÓN,TRANSFORMACION, CONSORCIO Y ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN.
Y con respecto a la segunta pregunta yo me inclino por el consorcio, ya que esta forma de concentracion empresarial trata de que dos o mas empresas se unan sin deshacerse ni absorverse sino se unen para participar de forma actica y directa en una determinada empresa con el proposito de obtener un beneficio economico, y algo que es importante mencionar que las empresas que conforman el consorcio son autonomas.
Espero que con esta breve explicacion logre cumplir con sus expectativas y me despido agraciendo por el tiempo que se toma usted en atender este comentario. DIOS LO BENDIGA.
LA CONCENTRACION EMPRESARIAL ES UN MECANISMO O ACTO CORPORATIPO QUE CONSISTE EN UN CONTRATO EMPRESARIAL EN LA QUE PARTICIPAN DOS O MAS EMPRESAS QUE UNEN SUS PATRIMONIOS AGRUPAN A SUS SOCIOS PARA LOGRAR OBJETIVOS COMUNES CON UNA ESTRATEIAS DE SUPERAR CONTINGENCIAS DE CRISIS EMPRESARIALESY ASI PODER REDCIR COSTOS DE PRODUCCION, AMPLIACION DE MERCADOS LOCALES COMO EXTERNOS. Y RESPECTO ALOS TIPOS DE MECANISMOS DE CONCENTRACION VIGENTES EN NUESTRA LEY PODRIA DECIR QUE EXISTEN VARIOS, COMO LAS FUSIONES, LAS TRANSFORMACIONES, ASOCIACION EN PARTICIPACION, ENTRE OTRAS. Y LA QUE CREO QUE ES MEJOR PARA MI ES LA FUSION, PORQUE ES DONDE SE UNEN MAS CAPITALES, PARA PODERSE ABRIRSE EN UN ERCADO MAS AMPLIO.
ResponderEliminarATT: LENIN MARIN RODRIGUEZ.
DISCULPAME POR NO RESPONDER A TIEMPO POR FABOR.
hola profesor CPC Edinson Eli Luna Risco soy jorge silva guerra, espero que se encuentre bien de salud junto a tus seres queridos.
ResponderEliminarComo una pequeña introduccion la concentración empresarial es como “el fenómeno por el cual dos o más empresas convienen en unir esfuerzos y capitales para obtener un beneficio común”. Por su parte, Alonso Morales Acosta la define como “la acumulación de medios de producción en un negocio, en una actividad económica o en un titular”.
Nosotros, tratando de sistematizar lo acotado, expresaremos que la concentración empresarial es un fenómeno de raíz económica y con consecuencias jurídicas, mediante el cual dos o más empresas integran sus recursos (económicos, humanos, etc.), a efectos de conseguir un beneficio común, diferente al interés empresarial (el cual puede subsistir).
entre ello tenemos:
-CON PERDIDA DE LA PERSONALIDAD JURIDICA.
y dentro de la perida de la personalidad juridica esta la fusion.
-SIN PERDIDA DE LA PERSONALIDAD JURIDICA.
y dentro de ello tenemos las union de empresas,las relaciones de coordinacion, conformada por el cartel, el pool aeronautico,el consorcio,la asociacion en participacion, el joint venture,el grupo de interes economico,etc.
pero en el peru las concentraciones empresariales vigente son el consorcio, la fusion, la escesion, transformacion y las asociaciones em participaciones y todas estan empresas concentradas son con el fuin de un bien economico.
para mi la mejor alternativa son los consorcios por que facilita la realización de negocios de gran envergadura donde es necesaria la suma de ingentes recursos y alta tecnología.
eso es todo profesor concerniente a tu pregunta chau y cuidate.
Bueno, con respecto a la primera interrogante, cabe recalcar que la legislacion vigente ne nuestro pais consideramos diversos mecanismos de concentracion empresarial,teniendo asi dentro de estos, las fusiones,escision, los consorcios y la asociacion en participacion.
ResponderEliminarY con respecto al segunto cuestionario, creo que la mejor alternativa es el CONSORCIO, puesto que es una asociación económica en la que una serie de empresas buscan desarrollar una actividad conjunta mediante la creación de una nueva sociedad. Generalmente se da cuando en un mercado con barreras de entrada varias empresas deciden formar una única entidad con el fin de elevar su poder monopolista.
mi comentario respecto a este tema es que el mecanismo de concentración empresarial vigente en nuestro país es la Fusión de Sociedades que cabe mencionar que constituye una operación usada para unificar inversionesy criterios comerciales de dos compañías de una misma rama o de objetivos compatibles.
ResponderEliminarConstituye una Fusión la absorción de una sociedadpor otra, con desaparición de la primera, y realizada mediante el aporte de los bienesde ésta a la segunda sociedad. La Fusión puede hacerse igualmente mediante la creación de una nueva sociedad, que, por medio de los aportes, absorba a dos o más sociedades preexistentes
La Fusión es la reunión de dos o más compañías independientes en una sola.
El jurisconsulto francés Durand expresa que la Fusión "es la reunión de dos o más sociedades preexistentes, bien sea que una u otra sea absorbida por otra o que sean confundidas para constituir una nueva sociedad subsistente y esta última hereda a título universal los derechos y obligaciones de las sociedades intervinientes.
Hay Fusión cuando dos o más sociedades preexistentes se disuelven sin liquidarse, para constituir una nueva, o cuando una ya existente absorbe a otra u otras que, sin liquidarse, quedan disueltas.